Trámite Censal
Específico de la Comunidad Autónoma de Canarias
Las personas o entidades que desarrollen o vayan a desarrollar en las Islas Canarias actividades empresariales o profesionales deberá comunicarlo a la Administración Tributaria Canaria a través de la correspondiente declaración censal.
La declaración censal de comienzo de actividad deberá ser presentada en el modelo oficial 400, en la correspondiente oficina de la Consejería de Economía y Hacienda en cuyo ámbito territorial tenga el obligado tributario su domicilio fiscal.
En caso de modificación o cese de la actividad, el obligado tributario deberá comunicar mediante la declaración la variación o cese de la actividad en el plazo de un mes desde la modificación o cese.
Sociedad Limitada Nueva Empresa
Dada la exoneración de la declaración censal que tienen este tipo de empresa y su sustitución por el DUE, por orden de 23 de mayo de 2003, la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno Autónomo Canario ha aprobado los datos que han de figurar en el DUE, y su formato, respecto a la situación tributaria y declaraciones - liquidaciones relativas a los tributos gestionados por la Comunidad Autónoma de Canarias.